POLÍTICAS DE ARRENDAMIENTO

OBJETIVO

Definir y establecer los parámetros para arrendatarios y arrendadores, sobre las políticas contables y comerciales adecuadas, a utilizar para contabilizar la información relativa a estos mimos, para obtener la satisfacción de cumplir metas realistas establecidas.

ALCANCE

Esta política aplica a todos los contratos de arrendamiento que celebra IRENT COLOMBIA relacionados con artículos (zapatos, lámparas, ponchos, bastones y morrales) con base en los arrendamientos operativos.

POLÍTICAS CONTABLE GENERAL

Determinar si un contrato es o contiene un arrendamiento, se analizará la naturaleza del acuerdo, el cual requiere la evaluación de sí el cumplimiento del contrato recae sobre el uso de un activo específico y/o si el acuerdo confiere a la entidad el derecho de uso del activo; por esto es necesario analizar en detalle cada uno de los contratos y sus particularidades, para poder realizar las respectivas dosificaciones.

DEFINICIONES

ARRENDADOR (IRENT): Se refiere a IRENT, propietaria de los equipos deportivos y relacionados, que lo cede temporalmente a otra parte mediante un contrato de arrendamiento a cambio de una contraprestación económica.
ARRENDATARIO: (EL CLIENTE): Es usted, la persona o entidad que recibe el uso y disfrute de los equipos deportivos y relacionados, por el tiempo pactado en el contrato, a cambio de pagar el monto establecido y cumplir con las condiciones acordadas.
CONTRATO VERBAL DE ARRENDAMIENTO: Es un acuerdo por el cual el arrendador cede al arrendatario, a cambio de percibir una suma unica de dinero, ek derecho a utilizar un activo ´durante un periodo de tiempo determinado.
DEPÓSITO: Suma de dinero guardado que respalda el arrendamiento y daño de un activo por un periodo determinado
ARTÍCULO: Bien material disponible para arrendar (bastones, bolsos, linternas, zapatos, carpas, carpas, ente otros)
FACTURA: Documento soporte que válida el arrendamiento y es garante para redimir el depósito.
DEVOLUCIÓN: Proceso mediante el cual EL CLIENTE devuelve el artículo a la tienda a cambio del depósito guardado.
COSTO DE ARRENDAMIENTO: valor en pesos por el cual se arrienda un artículo.
VERIFICACIÓN: acto realizado para la comprobación de que el artículo se encuentre en buen estado.

CONDICIONES DE ARRENDAMIENTO

  1. IRENT se reserva a arrendar únicamente los artículos que tiene destinados para tal fin, principalmente: bastones, bolsos, linternas, zapatos, carpas y ponchos.
  2. Por protocolo, antes de cualquier arrendamiento se le mostrará al cliente que el artículo está en buenas condiciones.
  3. El cliente debe pagar el costo de arrendamiento y depósito de arrendamiento por un periodo determinado entre el arrendador y el arrendatario.
  4. Al cumplirse este plazo, EL CLIENTE debe realizar la devolución de los artículos rentada, en el lugar y condiciones pactadas con el CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
  5. Se dará hasta un (1) día de gracia para la devolución del artículo, si este no es devuelto el depósito se tomará como pago por el artículo perdido.
  6. Si el artículo devuelto no cumple con las condiciones mínimas definidas entre ARRENDADOR y ARRENDATARIO, y este no se puede volver a utilizar, IRENT tomará el valor del depósito para reponer el equipo, por tanto, no se le realizará la devolución del depósito al CLIENTE.
  7. En cado de que EL CLIENTE no regrese a la tienda desde el sitio donde realizo la actividad o experiencia, se entregará el depósito bajo los términos o personas autorizadas o definidas entre ARRENDADOR y el ARRENDATARIO.
  8. La persona autorizada debe entregar la factura suministrada por el cliente y al recibir el dinero de depósito deberá firmar un recibo de caja , que para todos los casos será la evidencia de la devolución del dinero y exonera a IRENT sobre el dinero del depósito.
  9. La entrega del depósito a la persona autorizada debe registrarse en el archivo de ventas como observación en la columna de llamada devoluciones, de igual manera, en el cierre de caja debe constar dicha observación.
  10. La persona autorizada, una vez recibe el dinero correspondiente al depósito del CLIENTE, pasa hacer responsable de los artículos y de la devolución en tienda de los mismos.
  11. Todo artículo rentado queda registrado en el archivo de venta.
  12. Todo depósito es registrado en el archivo de ventas en la columna denominada depósito, al igual que en el archivo denominado DEPÓSITOS.
  13. La devolución de todo depósito es registrada en el archivo de ventas, en la columna devoluciones y el archivo de caja.

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